miércoles, 9 de noviembre de 2016

¿Qué obras pueden ser objeto de plagio?

Podrá ser una obra literaria, científica o artística como:
  • Los libros, folletos, impresos, escritos, informes, conferencias…
  • Composiciones musicales, con o sin letra.
  • Obras dramáticas, musicales, coreografías y, en general teatrales.
  • Obras cinematográficas y audiovisuales, obras multimedia, obras fotográficas.
  • Escultura, pintura, dibujos… y demás obras plásticas.
  • Obras arquitectónicas y de ingeniería.
  • Programas de ordenador y bases de datos.
  • Formas de dibujos, signos, modelos, patentes, marcas, lemas y frases divulgatorias de objetos producidos por las artes industriales.
  • Y las obras derivadas de las originales, como las traducciones, adaptaciones, revisiones, compendios, arreglos musicales, entre otras.

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